Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Pleitos administrativos

Por si alguien tenga experiencia en pleitos administrativos con Grandes contribuyentes, o ya se hay apresentado algun caso SIMILAR

El caso es el siguiente:

La empresa es exportadora y recupera credito fiscal por el regimen acelerado. En un periodo fiscal dado, nos solicitaron la certificacion de auditor independiente. En primer lugar no se conseguia auditores que hagan el trabajo por el plazo de tiempo para presentar el informe. Pues bien la empresa se decidio por uno y no pudo terminar el trabjo en el plazo estableciso, pero ademas de eso la empresa tuvo otros requerimientos que fueron presentados en tiempo y forma, solo el punto de la certificacion se presento fuera de plazo porque era inaplicable terminar el trabajo en el plazo establecido. Consecuencia de ello sale un dictamen del departamento tecnico juridico que a esta empresa se le debe ejecutar la garantia bancaria con los correspondientes accesorios por la presentacion tardia de la certificacion, ademas vimos la posibilidad de presentar una prorroga del plazo y me dijeron que en la reglamentacion no se contempla. En el lapso que se sutanciaba este tema, la empresa presento una nota considerando la situacion y que se acepte la certificacion fuera del plazo estblecido po lo motivos arriba expuestos pero esa nota fue rechazada por improcedente.

Que se puede hacer en estos casos, ya que no hay ningun perjuicio contra el fisco, en el sentido que ese periodo fiscal fue bien dclarado y los importes de la DDJJ no tuvieron ningun reparo, pero ellos ahora van a cobrar una jugosa multa por una falta de forma y no de fondo.  Donde uno recurre en estos casos, pues creo que seria un abuso de poder. No se quiere entender una situacion que escapa totalmente al control de la empresa que esta dependiendo del trabajo de una tercera persona para poder cumplir con el fisco y tampoco el auditor se va a arriesgar a presentar cualquier cosa por solo hecho cumplir con el plazo.

La empresa no teine porblema en devolver el dinero del credito fiscal ya recibido pero en lo que no esta de acuerdo es en pagar las multas.

Aguardo algun comentario.

Comentario:

Creo que deberían recurrir a lo contencioso administrativo, consultar con algunos abogados tributaristas (hay varios y muy buenos) y reclamar.
Yo creo, al igual que vos, que ese procedimiento no está reglamentado por ley, y por lo tanto no pueden cobrarte algo más que una falta administrativa. De todas formas ve de consultar con un abogado.

Espero que te sirva
Saludos