Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Remuneración Personal Superior

Quisiera hacerles la siguiente consulta sobre remuneración personal superior:
Un Director Titular de una empresa presta servicios en ésta y además, se desempeña como Gerente General en otra empresa, percibiendo remuneración.
¿Corresponde prorratear en cada empresa el importe pagado como remuneración personal superior?
Es decir, en la empresa 1, considerar que el Director General presta servicio en otra empresa (empresa 2); en la empresa 2, tener en cuenta que el Gerente presta servicio en otra empresa (empresa 1).

Observación: En la empresa 2, el Gerente figura como Director Suplente en el Acta de Asamblea, además tiene un contrato para desempeñar el cargo de Gerente, percibiendo sólo remuneración por esté último cargo.

En virtud de la Resolución 1346/05 se establece lo siguiente:
B) LIMITACIÓN.
Cuando las personas mencionadas más arriba, realicen tareas similares en más de una empresa, la deducción máxima admitida a cada uno de los contribuyentes deberá prorratearse al número de empresas en que prestan servicios y estará limitado al rango incidido para el Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter
Personal.
Muchas gracias por vuestra colaboración, sus opiniones me serán muy útiles.
Respuesta:

Yo creo que si hay q hacer el prorrateo, porque está cobrando en ambas empresas una remuneración como personal superior.
Saludos,

IRPC empresa unipersonal

IRPC  en el caso Transporte escolar y Despensa

Si pudieran ayudarme en el siguiente caso pues no tengo experiencia en el mismo.

Qué gastos se consideran deducibles para renta y utilizables en la declaración de IVA de una empresa unipersonal cuya actividad principal es el de Despensa y actividad secundaria de Servicios de Transporte Escolar?

A la hora de realizar el cálculo de IVA crédito y Débito para su registro en el formulario 120, debo globalizar todos los gastos y ventas? ¿Cómo hago con los gastos exentos como ser combustibles?

Es imperativo registrar una remuneración mensual que se auto designa el propietario en dicho formulario, aunque dicha remuneración no exista?

Ojalá alguien de ustedes pueda ayudarme.

Desde ya muchas gracias por la atención.

Respuesta
Todos los gastos relacionados con ambas actividades son deducibles.
Si el propietario no se auto asigna ni un sueldo, no se coloca, pero es recomendable que si (desde mi punto de vista) ya que o si no, se "retira" dinero sin justificación contable para nosotros.
En tu IVA declaras todo lo que sea gasto deducible para ambas actividades, todo junto ya que es un solo formulario por contribuyente.
Para no confundirte estaría bueno que hagas un buen plan de cuentas diferenciando los gastos de cada actividad, y los que fueran comunes a ambas cosas.
Saludos,