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lunes, 27 de junio de 2011

Recupero de Crédito fiscal - Periodo exigible

Reacciones: 
Quisiera saber si me podrían indicar  partir de que periodo uno puede exigir el recupero de crédito fiscal del I.V.A.,
Como se estima los periodos que ya no podrán solicitar el recupero del crédito fiscal. Ya que tengo varias opiniones dispares, unas hablan que solo se pueden pedir desde enero/2007, y otras que también se pueden solicitar desde enero/2006.-
Desde ya muchas gracias,

Respuesta:

Le falta un poquito de precisión a tu pregunta, pero entiendo  que te réferis al recupero de IVA del exportador, si es así, la devolución se puede solicitar a partir del mes siguiente, tenes que tener en  cuenta en primer lugar el Dto.1164/08 y las RG 52 y RG 53.

El derecho de solicitar la devolución para el contribuyente prescribe a los 4 años, tenes que contar a partir del mes siguiente en que se puede solicitar la devolución, hace tus cálculos desde mayo/2011 para atrás 4 años

Hasta este fin de mes hay tiempo de solicitar por el viejo sistema, por varios meses, a partir de la plena vigencia de la res.52 y 53 los pedidos solo podrán hacerse por mes y no más de 3 solicitudes simultaneas.

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