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martes, 7 de junio de 2011

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Buenos días estimados señores y señoras Tengo como siempre unas dudas que con su amable atención espero disipar
1) En una factura se debe obligatoriamente especificar el precio unitario de lo facturado? Caso contrario, es válida la factura?
Sí debe colocar el monto del precio unitario, ahora existe una resolución de la SET donde indica cuales son las condiciones que debe contar una factura para que sea valida....
2) En el caso de una persona que quiera vender piedras de una cantera en su propiedad...se debe hacer algún tramite en la secretaria del ambiente u otras?
Si es una cantera debe contar con Licencia Ambiental
3) Los servicios facturados a organismos internacionales, por ejemplo la GTZ están exentas de IVA? Un cliente presto servicios de alimentación a la GTZ y éstos le dijeron que facturara en exenta, siendo que mi cliente esta inscripto en IRPC e IVA gral.
GTZ, tengo entendido que es un organismo internacional, se le factura bajo las misma condiciones que a entes diplomáticos todos estos están exentos del IVA.

Respecto a la exención del IVA, es necesario que pidas a la GTZ una copia de la tarjeta de exoneración fiscal emitida por el Ministerio de Hacienda. Este antecedente va a servir de respaldo para justificar que emitas la factura en la columna de exentas.

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